Partes firmantes: Consejería de Cultura, Política Lingüística y Deporte del Principado de Asturias y LALIGA GROUP INTERNATIONAL, S.L: (LALIGA Group).
Fecha: Suscrito el 4 de agosto de 2025
Objeto y duración: Establecer las bases para la colaboración entre la Administración del Principado de Asturias y LALIGA GROUP en la prevención de la violencia y las actitudes xenófobas, machistas o racistas en el deporte, especialmente en menores de edad. La duración es de 1 año.
Modificaciones: No ha habido.
Partes obligadas: La Consejería de Cultura, Política Lingüística y Deporte del Principado de Asturias y LALIGA GROUP.
Obligaciones económicas convenidas: La LALIGA Group se compromete a aportar la cantidad de 22.500€ como contribución institucional, destinados al desarrollo de una jornada de sensibilización enmarcada en la campaña de LALIGA VS y llevar a cabo un programa de formación y una campaña de concienciación sobre la importancia de prevenir la violencia y las actitudes xenófobas o racistas en el deporte. La Consejería se compromete a (i) difundir la participación de LALIGA Group en el marco del presente Convenio, (ii) desarrollar un programa de formación específico dirigido a federaciones y clubes deportivos, centrado en la prevención y actuación frente al discurso de odio, (iii) diseñar una campaña de concienciación sobre la importancia de prevenir la violencia y las actitudes xenófobas o racistas en el deporte, (iv) gestionar, en colaboración con LALIGA, las tareas de comunicación, o cualquier otra actuación enmarcada dentro de los fines de ambas entidades realizados durante la vigencia del presente Convenio, (v) desarrollar de una jornada enmarcada en el ámbito del Deporte para el Desarrollo y la Paz, enmarcados en su campaña LALIGA VS y (vi) asistencia, siempre que sea posible, de la Directora General de Actividad Física y Deporte a los actos organizados por LALIGA, enmarcados en su campaña LALIGA VS.
Partes firmantes: Fundación Jóvenes y Deporte (FJyD) y LALIGA GROUP INTERNATIONAL, S.L. (LALIGA Group).
Fecha: Suscrito el 15 de julio de 2025
Objeto y duración: Establecer un marco de colaboración para la difusión y promoción institucional conjunta de las campañas de sensibilización social LALIGA VS ODIO y LALIGA VS BULLYING, dirigidas a la prevención del discurso de odio y del acoso en todos los ámbitos. La duración es de 1 año.
Modificaciones: No ha habido.
Partes obligadas: FJyD se compromete a (i) poner a disposición de LALIGA espacios de publicidad institucional, (ii) colaborar activamente en la difusión de las campañas a través de sus canales oficiales de comunicación, (iii) impulsar el mensaje de las campañas en las actividades de concienciación y sensibilización social que organice la FJyD y (iv) coordinar con LALIGA acciones de visibilidad conjunta. LALIGA Group se compromete a (i) facilitar a la FJyD el material audiovisual y gráfico necesario para la difusión institucional de las campañas, (ii) diseñar e impartir formación en materia de integridad y (iii) reconocer la colaboración de FJyD en todos los soportes comunicativos para la difusión de la actividad objeto de este Convenio.
Obligaciones económicas convenidas: El presente Convenio no conlleva obligaciones económicas directas entre las Partes, desarrollándose las actuaciones previstas con medios propios de cada una, sin perjuicio de posibles colaboraciones complementarias futuras que puedan ser objeto de adendas específicas.
Partes firmantes: Fundación Rioja Deporte (FRD) y LALIGA GROUP INTERNATIONAL (LALIGA Group).
Fecha: Suscrito el 18 de junio 2025
Objeto y duración: Establecer marco de colaboración para la difusión y promoción institucional conjunta de las campañas de sensibilización social LALIGA VS ODIO y LALIGA Vs BULLYING, dirigidas a la prevención del discurso de odio y del acoso en todos los ámbitos. La duración es de 1 año.
Modificaciones: No ha habido.
Partes obligadas: La FRD se compromete a (i) poner a disposición de LALIGA espacios de publicidad institucional, (ii) colaborar activamente en la difusión de las campañas a través de sus canales oficiales de comunicación, (iii) impulsar el mensaje de las campañas en las actividades de concienciación y sensibilización social que organice la FRD y (iv) coordinar con LALIGA acciones de visibilidad conjunta. LALIGA Group se compromete a (i) facilitar a la Fundación Rioja Deporte el material audiovisual necesario para la difusión institucional de las campañas LALIGA VS ODIO y LALIGA Vs BULLYING, (ii) reconocer la colaboración de la FRD en todos los soportes comunicativos para difundir la actividad objeto del convenio.
Obligaciones económicas convenidas: El presente Convenio no conlleva obligaciones económicas directas entre las Partes, desarrollándose las actuaciones previstas con medios propios de cada una, sin perjuicio de posibles colaboraciones complementarias futuras que puedan ser objeto de adendas específicas.
Partes firmantes: Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y LALIGA GROUP INTERNATIONAL (LALIGA Group).
Fecha: Suscrito el 17 de junio de 2025
Objeto y duración: Establecer marco de colaboración para el desarrollo de actividades conjuntas de interés entre la FEMP y LALIGA Group. La duración es de 1 año.
Modificaciones: No ha habido.
Compromiso de las partes: FEMP y LALIGA Group acuerdan (i) colaborar en la prevención y lucha contra el discurso de odio (especialmente el racismo, y la violencia) y las formas conexas de intolerancia en el ámbito deportivo, (ii) la puesta en marcha de un decálogo contra el racismo para favorecer la erradicación de discursos de odio o de discriminación desde los gobiernos locales, (iii) la participación y desarrollo de eventos y jornadas conjuntas de sensibilización, difusión e información sobre diferentes temas de interés para ambas partes, (iv) asesoramiento y colaboración con la Comisión de Deportes de la FEMP para la mejora continua de las políticas y prácticas de los gobiernos locales para garantizar un entorno deportivo libre de racismo y discriminación.
Partes firmantes: Fundación Miguel Induráin (FMI) y LALIGA GROUP INTERNATIONAL (LALIGA Group).
Fecha: Suscrito el 27 de mayo de 2025
Objeto y duración: Establecer marco de colaboración para la difusión y promoción institucional conjunta de las campañas de sensibilización social LALIGA VS ODIO y LALIGA Vs BULLYING, dirigidas a la prevención del discurso de odio y del acoso en todos los ámbitos. La duración es de 1 año.
Modificaciones: No ha habido.
Partes obligadas: La FMI se compromete a (i) poner a disposición de LALIGA espacios de publicidad institucional, (ii) colaborar activamente en la difusión de las campañas a través de sus canales oficiales de comunicación, (iii) impulsar el mensaje de las campañas en las actividades de concienciación y sensibilización social que organice la FMI y (iv) coordinar con LALIGA acciones de visibilidad conjunta. LALIGA Group se compromete a (i) facilitar a la Fundación Miguel Induráin el material audiovisual necesario para la difusión institucional de las campañas LALIGA VS ODIO y LALIGA Vs BULLYING, (ii) reconocer la colaboración de la FMI en todos los soportes comunicativos que LALIGA utilice para difundir la actividad objeto del convenio.
Obligaciones económicas convenidas: El presente Convenio no conlleva obligaciones económicas directas entre las Partes, desarrollándose las actuaciones previstas con medios propios de cada una, sin perjuicio de posibles colaboraciones complementarias futuras que puedan ser objeto de adendas específicas.
Partes firmantes: Consejería de Comercio, Turismo, Empleo y deporte de la Ciudad Autónoma de Ceuta y LALIGA GROUP INTERNATIONAL, S.L. (LALIGA Group).
Fecha: Suscrito el 26 de mayo de 2025.
Objeto y duración: Establecer marco de colaboración para la difusión y promoción institucional conjunta de las campañas de sensibilización social LALIGA VS ODIO y LALIGA VS BULLYING, dirigidas a la prevención del discurso de odio y del acoso en todos los ámbitos. La duración es de 1 año.
Modificaciones: No ha habido.
Partes obligadas: La Consejería se compromete, entre otras, a (i) poner a disposición de LALIGA espacios de publicidad institucional, (ii) colaborar activamente en la difusión de las campañas a través de sus canales oficiales de comunicación, (iii) impulsar el mensaje de las campañas en las actividades de concienciación y sensibilización social que organice la Consejería y (iv) coordinar con LALIGA acciones de visibilidad conjunta. LALIGA Group se compromete a (i) facilitar a la Consejería el material audiovisual necesario para la difusión institucional de las campañas LALIGA VS ODIO y LALIGA VS BULLYING, (ii) reconocer la colaboración de la Consejería en todos los soportes comunicativos que LALIGA utilice para difundir la actividad objeto del convenio.
Obligaciones económicas convenidas: El presente Convenio no conlleva obligaciones económicas directas entre las Partes, desarrollándose las actuaciones previstas con medios propios de cada una, sin perjuicio de posibles colaboraciones complementarias futuras que puedan ser objeto de adendas específicas.
Partes firmantes: Región de Murcia Deportes SAU (RMD) y LALIGA GROUP INTERNATIONAL (LALIGA Group).
Fecha: Suscrito el 25 de mayo de 2025.
Objeto y duración: Establecer marco de colaboración para la difusión y promoción institucional conjunta de las campañas de sensibilización social LALIGA VS ODIO y LALIGA VS BULLYING, dirigidas a la prevención del discurso de odio y del acoso en todos los ámbitos. La duración es de 1 año.
Modificaciones: No ha habido.
Partes obligadas: RMD se compromete, entre otras, a (i) poner a disposición de LALIGA espacios de publicidad institucional, (ii) colaborar activamente en la difusión de las campañas a través de sus canales oficiales de comunicación, (iii) impulsar el mensaje de las campañas en las actividades de concienciación y sensibilización social que organice RMD y (iv) coordinar con LALIGA acciones de visibilidad conjunta. LALIGA Group se compromete a (i) facilitar a RMD el material audiovisual necesario para la difusión institucional de las campañas LALIGA VS ODIO y LALIGA VS BULLYING y (ii) reconocer la colaboración de RMD en todos los soportes comunicativos que LALIGA utilice para difundir la actividad objeto del convenio.
Obligaciones económicas convenidas: El presente Convenio no conlleva obligaciones económicas directas entre las Partes, desarrollándose las actuaciones previstas con medios propios de cada una, sin perjuicio de posibles colaboraciones complementarias futuras que puedan ser objeto de adendas específicas.
Partes firmantes: Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos (COP), LALIGA Group International, S.L. (LALIGA Group), y la Fundación Española para la promoción científico y profesional de la Psicología-Psico Fundación (Psicofundación).
Fecha: Suscrito el 25 de mayo de 2025.
Objeto y duración: Establecer un marco de colaboración entre LALIGA, COP y PSICOFUNDACION para el diseño y desarrollo de acciones conjuntas que impulsen y visibilicen la promoción de la integridad, el respeto y la convivencia y la prevención y erradicación de comportamientos de odio, discriminación y acoso en todos los ámbitos, con especial atención al entorno educativo, social y deportivo. La duración es de 1 año.
Modificaciones: No ha habido.
Partes obligadas: COP, LALIGA Group, Psicofundación.
Partes firmantes: Fundación del Secretariado Gitano (FSG) y LALIGA Group International, S.L. (LALIGA Group):
Fecha: Suscrito el 25 de mayo de 2025.
Objeto y duración: El presente Convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre LALIGA y la FSG para promover la Igualdad de Oportunidades y de Derechos de las personas gitanas a través de la formación y la sensibilización social contra el discurso de odio y la discriminación, dirigidas a la prevención del discurso de odio y del acoso en todos los ámbitos, con especial atención al entorno educativo, social y deportivo. La duración es de 1 año.
Modificaciones: No ha habido.
Partes obligadas: FSG se compromete a (i) apoyar en la puesta en marcha de la Oficina de Atención a Víctimas de Odio (foco en antigitanismo), (ii) la participación en talleres contra el racismo en ciudades con implantación destacada de la FSG y (iii) la difusión de la colaboración sin que suponga una prestación de servicios. LALIGA Group a (i) becas de formación propuestas por la FSG en LALIGA Business School, según disponibilidad, (ii) incorporación del antigitanismo en campañas contra el racismo y el odio, (iii) participación de la FSG en eventos de difusión de LALIGA VS., (iv) intervención de perfiles de LALIGA en actividades de la FSG para apoyar a jóvenes gitanos y (v) ampliación de Futura Afición a centros con notable presencia de alumnado gitano. Igualmente, se han previsto acciones conjuntas como desarrollar una campaña por el Día Internacional del Pueblo Gitano con acciones audiovisuales y de visibilidad.
Obligaciones económicas convenidas: El presente Convenio no conlleva obligaciones económicas directas entre las Partes, desarrollándose las actuaciones previstas con medios propios de cada una, sin perjuicio de posibles colaboraciones complementarias futuras que puedan ser objeto de adendas específicas.